SUCESIONES
Cuando fallece un familiar y deja bienes a su nombre, se debe realizar la sucesión haya dejado testamento o no.
Si dejo testamento se llama sucesión testamentaria y si no dejó testamento se llama sucesión intestada.
Si todas las personas que tienen derecho a intervenir en la herencia, están de acuerdo, se puede realizar la sucesión mediante trámite notarial, llamada sucesión por MUTUO ACUERDO.
Si alguna de las personas que tiene derecho a la herencia no esta de acuerdo con realizarla o se opone a su realización, se debe obligatoriamente llevar la sucesión CONTENCIOSA con proceso ante los Jueces correspondientes.
Si quien fallece era casado, se debe liquidar igualmente la Sociedad Conyugal.